La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos ha emitido dos fallos de significación en temas de libertad de expresión y libertad de prensa. Ambos fallos salvaguardan a las redes sociales y buscadores, en este caso Twitter, Facebook y Google, de ser pasibles de demandas por contenidos publicados en las mismas. En este sentido, vuelve a salir la protección que genera sobre las plataformas la Sección 230 de la Ley de Telecomunicaciones de 1996. El primer caso, Twitter vs. Taamneh y otros, el máximo tribunal de Estados Unidos dictaminó que la red social ahora propiedad de Elon Musk no es corresponsable de actos terrorismo por haber sido posteadas en ella contenidos de la organización ISIS. En este sentido vuelve a plantearse el nexo de causalidad entre aquello que se emite y la supuesta acción que se deriva de allí. El mejor caso sobre el tema es ya de tiempos analógicos ciuando la asociación Parents Music Reserach Center (PMRC), integrada por figuras influyentes y cercanos al gobierno de Estados Unidos, intentó vincular a músicos de rock con casos de suicidio y adicciones. Esto derivo en audiencias en el Senado del país en 1985 que pueden verse en YouTube. El fallo fue redactado por el juez Clarence Thomas. En el segundo caso, González vs. Google, el tribunal consideró que Google no es responsable del asesinato de la joven Nohemí González por parte de la organización ISIS porque esta red terrorista posteó videos en YouTube, propiedad de Alfa/Google. Ambos fallos son de particular relevancia en la Argentina. La jurisprudencia estadounidense tiene relevancia significativa en el sistema judicial argentino, en particular en materias como la libertad de expresión y la libertad de prensa. Es de considerar que este fallo active nuevamente las iniciativas legislativas en el Congreso de Estados Unidos sobre el ámbito de las redes sociales y los buscadores.